sábado, 15 de octubre de 2011

Pequeña Novedad sobre el Reconocimiento de la Pensión de Vejez

Las entidades administradoras del sistema de pensiones no pueden negar el reconocimiento de la pensión de vejez por mora del empleador en el pago de las cotizaciones al sistema. Deben actuar con diligencia para hacer efectivos los pagos de los aportes respectivos. Así lo ha sostenido la Corte Constitucional, en fallo de revisión de tutela de mayo de 2011 donde se tuteló el derecho a la seguridad social y el mínimo vital de las personas de la tercera edad.

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